Conceder los permisos no remunerados es una potestad del
empleador, no hay norma que lo obligue a otorgarlos, ya que si bien no se
genera salario si se genera pago de seguridad social y carga prestacional
respecto de algunos conceptos y lo más importante el reemplazo de la persona
que sale a disfrutar de la licencia no remunerada.
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